Independientemente del juicio o valoración que cada Técnico de PRL pueda realizar, a veces no resulta fácil identificar cuáles son los mejores criterios para establecer una correcta planificación de las inspecciones de seguridad y salud en el trabajo.
La supervisión y verificación de las actividades productivas supone siempre una comprobación de la eficacia del sistema de gestión de la prevención y constituye la herramienta necesaria para los procesos de mejora continua de cualquier Organización.
En este sentido, independientemente de la actividad de la propia Entidad y de si se encuentra o no dentro del anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención (RD.39/1997), pueden establecerse una serie de criterios objetivos para la planificación de las inspecciones a realizar.
A continuación, a modo de ejemplo, os propongo 10 criterios que os pueden servir para la planificación de las inspecciones que tengáis que realizar.
El orden de exposición no presupone una jerarquía en su consideración.
- Peligrosidad de las actividades que se van a realizar.
- Maquinaria o equipos de trabajo de compleja o peligrosa utilización.
- Participación o interacción de subcontratas intervinientes.
- Número de trabajadores presentes durante la realización de la actividad.
- Emplazamiento o lugar de difícil o peligrosa ejecución.
- Circunstancias meteorológicas adversas.
- Replanteo o ejecución de nuevos procedimientos de trabajo.
- Comportamiento de equipos de trabajo, EPIS o EPC.
- Incorporación de nuevos trabajadores o reincorporaciones tras bajas prolongadas.
- Trabajos con riesgos eléctricos, en altura, exposición a radiaciones ionizantes, sustancias toxicas, productos químicos peligrosos, agentes biológicos, riesgos de explosión, minería, inmersión subacuática, construcción, movimientos de tierra, riesgos de sepultamiento, siderurgia, producción de gases, minería, etc.
Espero que os sea de utilidad.